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Juez ordena a Colombia abstenerse de bombardear grupos armados si hay menores reclutados

La medida provisional fue dictada tras la muerte de tres adolescentes en una operación militar, mientras la Justicia evalúa una tutela. El fallo exige suspender ataques aéreos cuando exista información sobre menores y no haya una alternativa menos lesiva para cumplir el objetivo militar. La orden permanecerá vigente mientras se decide la tutela, en medio de un aumento de operaciones militares y alertas por reclutamiento infantil

El Diario Tricolor.- Un juzgado de Bogotá ordenó este jueves al presidente de Colombia, Abelardo de la Espriella, y al Ejército abstenerse de realizar bombardeos contra grupos armados cuando exista información sobre la presencia de menores de edad en los objetivos.

La decisión fue adoptada como medida provisional por la juez 34 de Familia de Bogotá, Viviana Arciniegas, dentro de una acción de tutela presentada en representación de niños, niñas y adolescentes reclutados o utilizados por grupos armados.

El fallo establece que las autoridades deberán suspender las operaciones aéreas ofensivas mientras se adopta una decisión definitiva sobre el recurso y hasta que se implementen y verifiquen las medidas de precaución y protección necesarias.

La resolución se conoció una semana después de que el Instituto Nacional de Medicina Legal confirmara que tres menores murieron durante una operación militar contra un grupo de las disidencias de las FARC en una zona rural de El Retorno, en el departamento del Guaviare.

Condiciones para realizar operaciones

La juez señaló que los bombardeos solo podrán ejecutarse cuando, de acuerdo con la información disponible y los protocolos operacionales, se determine que no existe una alternativa menos lesiva para alcanzar un objetivo militar legítimo.

El pasado 27 de agosto, diez personas murieron durante un bombardeo del Ejército contra una disidencia de las FARC en Guaviare. Medicina Legal confirmó posteriormente que tres de los cuerpos correspondían a menores de edad: dos tenían 15 años y otro 16.

El Gobierno defendió la legalidad de la operación y sostuvo que los menores formaban parte del grupo armado, por lo que fueron considerados «blanco legítimo».

El caso se sumó a la muerte de otro menor durante un bombardeo realizado el 10 de agosto en la región del Catatumbo, en el noreste de Colombia.

La tutela sigue en estudio

Además de ordenar la suspensión provisional de los bombardeos bajo esas circunstancias, el fallo exige a la Presidencia, el Ministerio de Defensa, el Comando General de las Fuerzas Militares, el Ejército, la Fuerza Aeroespacial y la Armada adoptar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de la decisión.

La medida no constituye todavía un pronunciamiento definitivo sobre la legalidad de las operaciones militares, ya que estará vigente mientras el juzgado resuelve de fondo la tutela.

Sin embargo, al tratarse de una orden judicial de obligatorio cumplimiento, su desacato puede generar sanciones para los funcionarios responsables.

La controversia ocurre mientras Colombia enfrenta alertas por el reclutamiento de menores por parte de grupos armados. Según la Defensoría del Pueblo, entre 2024 y el 31 de julio de 2026 se tuvo conocimiento de 1.173 casos de reclutamiento de niños, niñas y adolescentes en el país.

Fuente: Versión Final.